Jesús Caldera, ha calificado de “decretazo” la nueva reforma laboral aprobada por el Real Decreto-Ley 3/2012 y ha asegurado que abarata el despido de todos los trabajadores y reduce su protección.
Asimismo, Caldera ha asegurado que el PSOE estudiará detenidamente la norma, pero ya ha manifestado dudas sobre la legalidad y la posible inconstitucionalidad de la nueva disposición en cuanto rebaja la indemnización por despido de45 a33 días para todos los contratos indefinidos y en su opinión, un derecho adquirido que se cambia sin razón objetiva es discutible atenta al principio de igualdad.
Por su parte, las patronales CEOE y Cepyme ha valorado “positivamente” la reforma laboral aprobada por el Consejo de Ministros porque se trata de un paso “imprescindible y sustancial” en el proceso de modernización de la legislación laboral, que aproxima la flexibilidad española a la de los países del entorno que ya han realizado este tipo de reformas.
Concretamente los empresarios han aplaudido medidas como la eliminación de la autorización administrativa en los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) y, sobre todo, la mejor definición de las causas de despido por razones económicas.
El Consejo de Ministros ha aprobado la esperada y secretísima reforma laboral de la que sólo se habían oído rumores. Uno de los que tenía más fuerza y que, finalmente se ha visto confirmado es el de la rebaja de la indemnización por despido improcedente de 45 a 33 días por año trabajado, no sólo para los nuevos contratos, sino también para los que se concertaron antes de la reforma; si bien, el nuevo cómputo de la indemnización sólo será efectivo a partir de la publicación y la entrada en vigor del Real Decreto-Ley, es decir, que la indemnización se calculará aplicando dos escalas: 45 días por cada año trabajado antes de la reforma y 33 por cada uno de los siguientes.
En todo caso, habrá que esperar a la efectiva publicación de la norma en el Boletín Oficial del Estado para conocer en profundidad el calado de la reforma laboral y cómo ésta ha afectado a temas tan variados como la negociación colectiva (prevalencia de los convenios de empresa, ultraactividad, descuelgue salarial, plazos para negociar, etc), el nuevo régimen de contratación (tipos de contratos, período de prueba, contratos temporales), formación profesional (fondo de formación), agencias de colocación y ETT, eliminación de la autorización administrativa en los expedientes de regulación de empleo, etc.
De todas estas cuestiones y muchas más, Lex Nova irá dando cumplida información, a través de artículos, comparativas, preguntas con respuesta y otra documentación.
Los agentes sociales siguen por su lado negociando el ANC, al margen de la reforma laboral. Ni congelación, ni IPC. El preacuerdo, que está pendiente de ser ratificado, establece una subida máxima del 0,5% para este año y para el 2013, y de un 0,6% para el 2014, siempre y cuando el IPC no supere el 1%, sin tener en cuenta las subidas que pueda experimentar el carburante.
El pacto consta de 4 documentos: